la Delegación Federal de la PROFEPA en Nayarit atendió un aviso de la Policía Federal, en el que se reportaba la detención de un vehículo tipo pick-up cerca del crucero de Santa Maria del Oro, el cual transportaba carbón vegetal.
En razón de lo anterior personal de la PROFEPA se trasladó al sitio señalado donde constató que la unidad vehicular transportaba
26 costales de nylon color blanco que contenían, cada uno, la cantidad de 20 kilogramos de carbón vegetal, lo que suma un total de de 520 kilogramos.
El presunto infractor intentó acreditar la legal procedencia del producto con remisiones de años anteriores y algunas en blanco, por lo que los inspectores de esta Procuraduría procedieron al aseguramiento del mismo, así como del vehículo.
Según la Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable, el carecer de la documentación o los sistemas de control establecidos para acreditar la legal procedencia de materias primas forestales, obtenidas en el aprovechamiento o plantación forestal comercial respectiva, se castiga con el equivalente de 100 a 20,000 veces de salario mínimo vigente.
Cabe señalar que el Artículo 419 del Código Penal Federal establece que a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal, se le impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa.
A su vez, en su Artículo 420 Quater, señala que se impondrá pena de uno a cuatro años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien asiente datos falsos en los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental federal.
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